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La nueva propuesta de la DGT: reducir el límite de alcohol a 0,2 gr/l

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El Gobierno de España ha presentado una propuesta para modificar el límite de alcoholemia permitido al conducir, reduciéndolo de 0,5 gramos por litro de sangre a 0,2. Esta iniciativa busca alinearse con las normativas de seguridad vial de países europeos con bajas tasas de siniestralidad, como Suecia, Dinamarca y Alemania. El principal objetivo es disminuir los accidentes de tráfico relacionados con el consumo de alcohol, un factor presente en más de la mitad de los siniestros graves y mortales, y actualmente la segunda causa de siniestralidad en el país.


El ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, ha destacado que la propuesta, avalada por la Dirección General de Tráfico (DGT), refleja el creciente consenso en la sociedad española sobre la importancia de combatir el consumo de alcohol al volante. Aunque la medida debe pasar por el proceso legislativo, se espera que se apruebe rápidamente gracias al respaldo de asociaciones de víctimas de accidentes y a la necesidad urgente de reforzar las políticas de seguridad vial.


Propuesta para reducir la tasa de alcoholemia permitida de 0,5 gr/l a 0,2 gr/l.



La reducción de la tasa de alcoholemia es imprescindible para mejorar nuestra seguridad vial y adaptarnos a los estándares europeos. El cambio más destacado en esta propuesta es la disminución del límite máximo de alcohol en sangre para conductores, que pasaría de 0,5 gramos por litro a 0,2 gramos por litro. Este ajuste también afectaría la medición del alcohol en aire espirado, reduciendo el límite de 0,25 miligramos por litro a 0,10 miligramos por litro.


Este cambio es relevante porque, hasta ahora, la reducción de estos límites solo se contemplaba en el borrador del Reglamento de Circulación para conductores noveles y profesionales, quienes actualmente tienen un máximo permitido de 0,3 g/l en sangre y 0,15 mg/l en aire espirado. Con esta nueva propuesta, se busca aplicar la tasa de 0,2 g/l a todos los conductores, independientemente de su actividad o antigüedad con el carnet. La medida podría entrar en vigor en enero de 2025.


Para conductores en general:

- Tasa de alcohol en sangre: de 0,5 g/l a 0,2 g/l.

- Tasa de alcohol en aire espirado: de 0,25 mg/l a 0,10 mg/l.


Para conductores noveles y profesionales:


- Tasa de alcohol en sangre: de 0,3 g/l a 0,2 g/l.

- Tasa de alcohol en aire espirado: de 0,15 mg/l a 0,10 mg/l.


Recordemos que desde 2021, la tasa de alcoholemia para menores que conducen cuadriciclos ligeros o patinetes en entornos urbanos es estrictamente de 0,0.



Con una sola cerveza o una copa de vino ya podrías dar positivo en un control. La DGT justifica esta medida con estudios que demuestran que incluso pequeñas cantidades de alcohol afectan la capacidad de reacción y la toma de decisiones al volante. Con la nueva tasa propuesta, una simple cerveza o copa de vino podría superar el límite permitido. El consumo de alcohol, incluso en dosis reducidas, afecta gravemente la conducción:


- Con una tasa de entre 0,3 y 0,5 g/l: ya se nota un aumento en el tiempo de reacción, problemas de coordinación y una subestimación de la velocidad.

- Entre 0,5 y 0,8 g/l: aparecen dificultades para percibir la distancia, impulsividad y una visión reducida.

- Con 0,8 a 1,5 g/l: se agravan los problemas de visión, pérdida de coordinación y comportamiento impulsivo.

- De 1,5 a 2,5 g/l: la conducción se vuelve extremadamente peligrosa, con una percepción y atención gravemente afectadas, generando un comportamiento errático.


Si estás calculando cuántas cervezas o copas puedes tomar para evitar una multa, aquí algunos ejemplos. Sabiendo que 330 ml es el volumen típico de una cerveza en un bar:


Para mujeres:

- Con 330 ml de cerveza, si pesas 50 o 60 kg, llegarías a 0,5 g/l.

- Con 660 ml de cerveza, si pesas 50 kg, alcanzarías 0,68 g/l; si pesas 60 kg, llegarías a 0,95 g/l.

- Con 990 ml de cerveza, si pesas 50 kg, estarías en 1,02 g/l; si pesas 60 kg, en 1,43 g/l.


Para hombres:

- Con 330 ml de cerveza, si pesas 70 kg estarías en 0,21 g/l; si pesas 90 kg, en 0,28 g/l.

- Con 660 ml de cerveza, si pesas 70 kg alcanzarías 0,43 g/l; si pesas 90 kg, llegarías a 0,55 g/l.


Recuerda que el alcohol puede comenzar a detectarse en la sangre a los cinco minutos de su consumo y alcanza su nivel máximo entre los 30 y 90 minutos siguientes. Después, comienza a eliminarse lentamente y puede tardar entre 6 y 10 horas en desaparecer completamente. Técnicas como "dormir un rato" o hacer ejercicio para sudar el alcohol no reducirán tu tasa en un control de alcoholemia.




Si no se supera el doble de la tasa permitida pero el conductor es reincidente, la sanción económica aumenta de 500 € a 1.000 €. Se considera reincidencia cuando el infractor ha sido previamente sancionado por un delito similar dentro de un periodo de un año.


Multas y sanciones para conductores noveles o profesionales:

- Entre 0,15 mg/l y 0,30 mg/l en aire espirado (o entre 0,3 g/l y 0,6 g/l en sangre):

- Multa: 500 €

- Pérdida de puntos: 4 puntos del carné de conducir.


- Igual o superior a 0,30 mg/l en aire espirado (o superior a 0,6 g/l en sangre):

- Multa: 1.000 €

- Pérdida de puntos: 6 puntos del carné de conducir.


Consecuencias penales:

- Tasas de alcohol superiores a 0,60 mg/l en aire espirado (o 1,2 g/l en sangre) se consideran delito contra la seguridad vial.

- Pena: prisión de 3 a 6 meses, multa de 6 a 12 meses, o trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días.

- Suspensión del permiso de conducir: entre 1 y 4 años.


Además, negarse a realizar las pruebas de alcoholemia está tipificado como delito, con penas de prisión de 6 meses a 1 año y la retirada del carné por un periodo de entre 1 y 4 años. Estas sanciones pueden agravarse si se da esta circunstancia.